Ordenanza 7615-HCD-2023 – PASAJE "HIJAS DE MARÍA AUXILIADORA"

CONSIDERANDO:

            Que la Comisión Municipal de Toponimia Urbana solicita que una de las calles de Puerto Deseado lleve el nombre de "HIJAS DE MARÍA AUXILIADORA";

            Que Las Hijas de María Auxiliadora han dejado y siguen dejando su impronta a lo largo de 92 años de historia, con su presencia, ejemplo, dedicación y constancia en cada una de las Hermanas y su plantel de docentes, evangelizando y educando a muchas generaciones de niños, niñas y adolescentes; 

            Que las primeras Hijas de María Auxiliadora llegaron en el año 1929 a Puerto Deseado, alojándose primeramente en el Hotel APOLO, más tarde se trasladan al edificio de 12 de Octubre y Piedrabuena, cuya inauguración se realizó el 23 de junio de 1929;

            Que a partir de 1931, se compra el terreno en la calle Mariano Moreno 411, donde actualmente se encuentra ubicado el edificio, cuya existencia mucho se ha modificado, ampliado y modernizado;

            Que la Comisión de Toponimia considera oportuno designar al Pasaje N°127, ya que el mismo corresponde a un grupo de personas que han sido y siguen siendo colaboradores de la Institución:

            Que por lo expuesto es menester sancionar el Instrumento Legal pertinente;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 55 y concordantes de la provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°) DESIGNAR al Pasaje N° 127 con el nombre de "HIJAS DE MARIA AUXILIADORA", el cual limita al Sur con calle Cormoranes, y al Norte con calle Crucero General Belgrano, lindante al Oeste con la Manzana 3 y paralela a la calle Hilda Sara Bernard y al Este con la Manzana 367 y paralela con la calle José Zelada.

Artículo 2°) GIRAR copia de la presente a los vecinos del pasaje con el nombre designado, a las empresas prestatarias de SPSE, CAMUZZI, empresas postales, Telefónicas, Televisión por cable, Cámara de Comercio y a la Comisión de Toponimia Urbana.

Artículo 3°) COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Deseado, a los nueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés. 


Firmantes: Carmen Chiara - María Julia Piñero

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