Ordenanza 7628-HCD-2023 – PREMIO MEJOR DEPORTISTA DEL AÑO
Artículo 1°) DERÓGASE en todos sus términos, la Ordenanza N° 4369-HCD-2005.
Artículo 2°)
INSTITÚYASE el Premio "Mejor Deportista del Año", otorgado a aquella
persona que haya sido distinguida con este reconocimiento por la Comisión
ad-hoc, que al sólo efecto de la elección aludida convocará la Subsecretaría de
Recreación y Deportes, año a año.
Artículo 3°) La
Comisión aludida en el Artículo precedente, será convocada por la Subsecretaría
de Recreación y Deportes, y estará integrada de la siguiente manera:
• Presidente de la Comisión
de Educación, Cultura, Acción Social, Moralidad, Deporte, Recreación y Turismo
del Honorable Concejo Deliberante.
• Presidentes de las
Instituciones Deportivas legalmente reconocidas de la localidad.
• Periodista Deportivo.
Artículo 4°) EL premio
consistirá en una Beca destinada a solventar las necesidades derivadas de las
exigencias económicas que presupone la asistencia a eventos deportivos
Federados o no Federados, en los que participe representando a nuestra
localidad y nuestra provincia, durante el transcurso del año calendario, y se
abonará en diez (10) cuotas, pagaderas desde el mes de marzo hasta el mes de
diciembre inclusive, cuyo monto corresponderá a la cantidad de 345 (TRESCIENTOS
CUARENTA Y CINCO) Unidades Municipales, cuyo valor será establecido por la
Ordenanza Tarifaria Anual correspondiente.
Artículo 5°)
ESTABLÉCESE que quien resulte ser distinguido como Mejor Deportista del Año,
será quien deberá portar la Bandera de la Nación, representando a la
Subsecretaría de Recreación y Deportes en todos los Actos Protocolares.
Artículo 6°) FACÚLTASE
al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer y reasignar las Partidas
Presupuestarias necesarias para dar cumplimiento efectivo a la presente
Ordenanza.
Artículo 7°) SOLICITAR
a la Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Santa Cruz, instituya una
Beca durante el transcurso del año calendario, como Premio al Mejor Deportista
de la provincia de Santa Cruz.
Artículo 8°) REMITIR
copia de la presente a la Subsecretaría de Deportes de la provincia de Santa
Cruz, a la Subsecretaria de Recreación y Deportes de nuestra localidad, a la
totalidad de Instituciones Deportivas de nuestra localidad.
Artículo 9°)
COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese
y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante
de la ciudad de Puerto Deseado, a los treinta y un días del mes de agosto del
año dos mil veintitrés.
Firmantes: Carmen Chiara - María Julia Piñero
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