Ordenanza 7557-HCD-2022 - OBLIGATORIEDAD DE EXHIBIR EN LUGAR VISIBLE PROPAGANDA OFICIAL LINEA 144
En uso de las facultades que le confiere la Ley N°55 y concordantes de La Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1°) ADÓPTESE la obligatoriedad
de la exhibición en lugar visible de la
propaganda oficial de la Línea gratuita de consultas telefónicas 144, destinada a asistir a Víctimas de Violencia de Género.
Artículo 2°) ESTABLÉZCASE en todo el ámbito de la
localidad de Puerto Deseado, la obligatoriedad de exhibir en
lugar visible la cartelería mencionada en el Artículo
1°) acorde al Anexo 1 de la presente, en
vidrieras de comercios, oficinas, confiterías, bares, locales bailables, remises, taxis y empresas de transporte
de pasajeros de
forma sencilla y visible.
Artículo 3°) DEBERÁN adherirse, los
mencionados en el Artículo 2°) de la presente,
antes del 30 de abril de 2023, ya que en caso contrario no se permitirá la renovación de la habilitación municipal a partir de esa fecha.
Artículo 4°) SERÁN la Subsecretaria de Tránsito y Transporte y la Subsecretaria de Inspección General las encargadas de constatar el cumplimiento de la presente, incluyendo esta verificación en sus inspecciones habituales.
Artículo 5°) EL archivo PDF estará a disposición en librerías y se podrá pedir en formato digital en el Honorable Concejo Deliberante, debiendo los interesados imprimir la carcelería a color y respetando las medidas que se establecen en el Anexo I de la presente.
Artículo 6°) INVÍTESE a otros Entes Gubernamentales y/o privados a adherirse a la presente.
Artículo 7°) COMUNÍQUESE
al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.
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