Ordenanza 6952-HCD-2018 - PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN PARA OPERADORES TURÍSTICOS PUERTO PENACHO Y LOS VIKINGOS
El artículo 4 fue modificado por Ordenanza 7473-HCD-2022 EL 29/09/22, quedando la Ordenanza 6952-HCD-2018 redactada en su totalidad de la siguiente manera:
En uso de sus facultades que le confiere la Ley N°55, y concordantes de la
Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E N
A N Z A
Artículo 1°) CREAR un permiso precario de ocupación para los operadores
turísticos Puerto Penacho y Los Vikingos, ubicados en el borde costero delimitado
entre el Muelle de Ramón y Punta Cascajo, en el. cual se encuentran plasmados
los requisitos a cumplir y la sanción al incumplimiento de las mismas.
Artículo 2°) APROBAR el modelo de permiso precario de ocupación que figura
como Anexo I de la presente
Artículo 3°) LA autoridad responsable de aplicación de la presente será e.1
Poder Ejecutivo Municipal, funciones que ejercerá a través de la Secretaria de
Gobierno, la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano Municipal, sin perjuicio
de la intervención de otras dependencias competentes, ya sean provinciales o
nacionales, todo según la estructura y su correspondiente asignación de misiones
y funciones en la legislación vigente.
Artículo 4°) PROHIBIR la incorporación de nuevos permisos precarios de
ocupación a operadores turísticos.
Artículo 5°) SANCIONAR con
demolición de instalación a toda aquella persona física y o jurídica que de
forma espontánea altere, modifique y afecte de modo adverso la trama urbana de
la ciudad, ya sea por ser Reserva Natural, Patrimonio Histórico, avistaje de la
avi-fauna de la ría y otros.
Artículo 6°) EL permiso precario de ocupación será otorgado por el Poder
Ejecutivo Municipal y ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, quien a
través de Ordenanza determinará la validez del P.P.O.-
Artículo 7°) GIRAR copia de la presente al Juzgado Municipal de Faltas, a
la Secretaria de Planeamiento Urbano y a la Directora de Obras Particulares Karina
CAVO JUANOLA.
Artículo 8°) COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios
Regístrese y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable
Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Deseada, a los veinticinco días del
mes de Octubre del. año Dos Mil Dieciocho.
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