Ordenanza 7471-HCD-2022 MULTAS POR VANDALISMO EN LUGARES PÚBLICOS
En usos de sus facultades que le confiere la Ley N° 55, y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º) SANCIÓNESE con multas a
las personas que cometan infracciones causando roturas, daños, pintadas, etcétera,
en lugares públicos.
Artículo 2°) CONSIDÉRENSE infracciones
los siguientes incisos:
a) Roturas,
pintadas o daños total y/o parcial a imágenes, estatuas, edificios históricos
y/o bustos de próceres (imágenes, efigies de culto y/o de creencias religiosas)
las cuales serán sancionadas con multa de 500 UF.
b) Roturas,
daños y pintadas total y/o parcial que sean considerados de bien público
(bancos, luminarias, vidrios, carteles o cestos, etc.). Sancionadas con multa
de 500 UF.
c) Ante
las sanciones consecutivas se doblará la cantidad de unidades de falta en
concordancia con las reiteraciones.
Artículo 3°) ESTABLÉCESE en
concordancia con el Artículo 2), inc. C y ante las reiteradas infracciones, el
Poder Ejecutivo Municipal, podrá realizar el inicio de las acciones legales
correspondientes por daños a patrimonio cultural.
Artículo 4º) APLÍQUESE en caso de
que el infractor sea menor de edad, el cumplimiento del Artículo N° 2, a los
padres y/o tutores.
Artículo 5º) ESTABLÉCESE como autoridad de aplicación de la
presente norma, al Juzgado Municipal de Faltas, el cual se regirá por la
normativa de la justicia Municipal de Faltas
Artículo 6º) ESTABLÉCESE como autoridad de control, la
Dirección de Seguridad Vial dependiente de la Jefatura de Gabinete de la
Municipalidad de Puerto Deseado.
Artículo 7°) TÓMESE como
denunciante a las instituciones locales y a todos los vecinos que realicen
denuncias en la autoridad de recepción.
Artículo 8°) SOLICÍTESE la colaboración de la Policía de
Santa Cruz, distrito Puerto Deseado, a elevar la información correspondiente al
Juzgado Municipal de Faltas, a fin de generar la sanción correspondiente.
Artículo 9º) COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Deseado, a los once días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
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