7237-HCD-2020 - PLAZOLETA CARLOS JÁUREGUI

 VISTO:

La nota ingresada a este cuerpo deliberativo, remitida por el Departamento de Diversidad de Género y Derechos Humanos dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Puerto Deseado, y;

CONSIDERANDO:

Que nuestro país se encuentra a la vanguardia en el orden continental y mundial, con la sanción de las siguientes leyes: Ley N° 26.618/10 de Matrimonio Igualitario y la Ley N° 26.743/12 de Identidad de Género;

Que las leyes arriba mencionadas lograron sentar un precedente histórico y único, e iniciar un camino en la lucha contra la discriminación en todas sus formas;

Que el gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en su organigrama posee dependencias gubernamentales tales como la Secretaría de Estado de Derechos Humanos, Dirección de Género y Diversidad y organismos afines;

Que el Ejecutivo Municipal en su organigrama creó dentro del ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social el Departamento de Diversidad de Género y Derechos Humanos;

Que con estas acciones por parte del Poder Ejecutivo Provincial y Municipal demuestran no solo acciones de gobierno, sino también un fuerte compromiso en la lucha contra la discriminación en todas sus formas;

Que estas acciones también tienen como objetivo profundizar el RESPETO por la diversidad en todo su espectro con la finalidad de construir una sociedad pluralista y libre de prejuicios;

Que para lograr estos cometidos se debe visibilizar la lucha de quienes aportaron a la misma con acciones que trascendieron las fronteras de nuestro país, tal el caso de Carlos Luis Jáuregui, quien fuera un ferviente activista del colectivo LGTB Argentino, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina, colaborador en el impulso del primer proyecto de Unión Civil en la República Argentina y de la orientación sexual en la cláusula anti discriminatoria de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras acciones;

Que este cuerpo deliberativo adhiere moral e institucionalmente a la promoción de este tipo de acciones;

Que por lo expuesto es menester sancionar el instrumento legal pertinente;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de las facultades que le confiere la Ley N'55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona. con fuerza de:


ORDENANZA

Artículo 1°) DENOMÍNESE al espacio público ubicado en las intersecciones de las calles Ingeniero Portela, Almirante Brown y Cruz del Sur de nuestra localidad como "Plazoleta Carlos Jáuregui”.

Artículo 2°) EL Ejecutivo Municipal deberá arbitrar los medios necesarios para la puesta en valor del mencionado espacio público, el cual será lugar de encuentro y visibilizarían no solo de la comunidad LGTB local sino también de la comunidad en general.

Artículo 30) COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese y cumplido Archívese. Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil veinte. -

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