Ordenanza 7036-HCD-2019 - CALLE 44 HÉROES ARA SAN JUAN
VISTO:
La necesidad de
rendirle homenaje a los 44 tripulantes del Submarino Ara San Juan, y la falta
de nombramiento a la calle y estacionamiento ubicado en la entrada del Complejo
Miguel Ángel JUANOLA, y;
CONSIDERANDO:
Que el día 15 de Noviembre
del 2017, se recibió la última comunicación desde el submarino Ara San Juan, en
su transito desde la base Naval Ushuaia a su apostadero habitual en la Base
Naval Mar del Plata con 44 tripulantes a bordo;
Que el submarino se
encontraba efectuando patrulla de control de la Zona Económico Exclusiva en el
Mar Argentino, siendo su última posición conocida en el área del Golfo San
Jorge, a 240 millas náuticas (unos 440 kilómetros) de la costa;
Que desde el día de su
desaparición, diecinueve (19) países colaboraron en su búsqueda, aportando
aviones y buques equipados con la mejor tecnología disponible;
Que a un año y dos días
de su desaparición, la Armada Argentina confirmo el hallazgo, el día sábado 17
de Noviembre de 2018, el cual yace a 907 metros de profundidad en el Atlántico
Sur;
Que el Complejo Miguel Ángel
JUANOLA, la calle paralela denominada Capitán de Fragata Sergio Raúl GOMEZ ROCA
y de forma perpendicular la Avenida
Costanera Mayor Marcelo LOTUFFO, rinden homenaje a tres héroes de la
Guerra de Malvinas;
Que los 44 Tripulantes
del “ARA San Juan” son un ejemplo de lo que significa servir a nuestra Patria;
Que por lo
expuesto es necesario sancionar el instrumento legal pertinente;
POR
ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de las facultades que
le confiere la Ley N° 55 y concordantes
de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O
R D E N A N Z A
Artículo
1º) DESIGNAR
con el nombre de “44 Héroes ARA San Juan” a la calle ubicada entre el
Complejo Municipal Miguel Ángel JUANOLA y el Camping Municipal, la cual limita al Oeste con la calle Maestro LEZCANO
y al Este con la Avenida Costanera Mayor Marcelo LOTUFFO, de acuerdo a croquis
que se adjunta como Anexo I.-
Artículo
2°) GIRAR
copia de la presente a las Empresas prestatarias de Servicios Públicos,
Registro Civil, Camuzzi Gas del Sur, a las Empresas Postales, Instituciones
crediticias, Empresas de Telefonía, Sistema de Televisión por cable y a la
Cámara de Comercio de la Localidad.-
Artículo
3º) COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques
Partidarios. Regístrese. Dése a Publicidad y cumplido Archívese. Dada en la
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto
Deseado, a los Nueve días del mes de mayo de Dos mil Diecinueve.-
O R D E N A N Z A N° 7036 -HCD-2019.-
Firmantes: Juan Raúl Martínez - Constanza Patek Cittanti
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