Ordenanza 6959-HCD-2018 - PROHIBICION DE PIROTÉCNIA
En uso de sus facultades
que le confiere la Ley N' 55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz,
sanciona con fuerza de:
O
R D E N A N Z A
Artículo 1°) DERÓGUESE la
ORDENANZA N° 6936-HCD-2018.
Artículo 2°) PROHIBIR en
todo el ejido de la Ciudad de Puerto Deseado y el Paraje Tellier la
utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista
o minorista para uso particular de cualquier tipo de artificios pirotécnicos y
de cohetería, sean estos de venta libre o no y/o fabricación autorizada, por
los motivos expuesto en los considerando de la presente.
Artículo 3°) CONSIDERAR artificios
pirotécnicos y de cohetería los materiales o dispositivos destinados a producir
efectos visibles, audibles o mecánicos, mediante la utilización de mecanismos
de combustión o explosión cualquier otro análogo en que se use cualquier
compuesto químico que por sí solo o mezclado puede ser inflamable.
Artículo 4°) QUEDAN
excluidos de la presente los artificios pirotécnicos para señales de auxilio,
emergencias náuticas y para uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o
Defensa Civil, y los de uso profesional.
Artículo 5°) ACLARAR que
el incumplimiento de la presente Ordenanza será sancionado con multas equivalentes
desde cuatrocientos UF (400) a dos mil doscientos UF (2.200) y clausura de diez
(10) a noventa (90) días del local, establecimiento, comercio y en su caso el
decomiso de la mercadería.
Artículo 6°) DISPONGASE a
través del Ejecutivo Municipal y las áreas pertinentes el desarrollo de una “Amplia
Campaña” de información y concientización a los vecinos de nuestra localidad
sobre los alcances de la presente Ordenanza.
Artículo 7°) COMUNIQUESE
al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios, Regístrese y cumplido
archívese. Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de
Puerto Deseado, a los Ocho días del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciocho.
Firmantes: Luis Roberto Gonzalez - Constanza Patek cittanti
Comentarios
Publicar un comentario