Ordenanza 6901-HCD-2018 - ADHESION LEY PROVINCIAL 3546/17 LICENCIA PARA EXAMENES CLINICOS PARA LA MUJER

 En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°) ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial 3546/17, promulgada por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, mediante la cual se establece una licencia remunerada de dos (2) días laborales en cada año para toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, para someterse a exámenes clínicos de Colposcopia, Papanicoláu y Mamografía, por lo expuesto en los considerandos de la presente.-

 

Artículo 2º) DISPONESE que se deberá acreditar, mediante un certificado expedido por el hospital, clínica o centro de salud, que los estudios fueron debidamente realizados.-

 

Artículo 3º) DETERMINASE que el uso de la referida licencia no afectará la remuneración, presentismo y/o cualquier otro beneficio o adicional que pueda gozar la mujer beneficiaria.-

 

Artículo 4º) SOLICITAR al Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de medios, realice campaña publicitaria en materia de prevención, sobre la importancia de que las mujeres se realicen los exámenes clínicos anuales.-

 

Artículo 5º) REMITASE copia a Secretaría de Gestión Pública y Asuntos Municipales, Dirección de Recursos Humanos, Director General de Comunicaciones, Hospital Distrital Puerto Deseado, Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y Sindicato de Obreros  y Empleados Municipales (SOEM).-

 

Artículo 6º) COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese. Dese a Publicidad y cumplido Archívese. Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado, a los Catorce días del  mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho.-


Firmantes: Juan Raúl Martínez - Constanza Patek Cittanti

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