Ordenanza 6897-HCD-2018 - CENTRO DE ORIENTACIÓN FAMILIAR, TRATAMIENTO DE ADICCIONES Y SALUD MENTAL (CENTRO DE DIA)
VISTO
LA pronta inauguración del edificio que en su momento
fuera reconocido como Centro de Día, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario aportar
distintas visiones sobre el funcionamiento y la finalidad de dicho Centro;
Que
se
trata de un Centro que requiere de atención profesional, que será aportado por
el personal dependiente del Hospital Puerto Deseado;
Que
además
de dicho personal, el Municipio Local aportará los recursos humanos
concernientes a personal de maestranza, mantenimiento y talleristas para
asegurar el funcionamiento del Centro;
Que es necesario, más allá
de la Ley Nacional N° 26.657 y las reglamentaciones Provinciales, darle al
Centro el encuadre comunitario que responda a las necesidades locales,
referidas a detección, tratamiento, asistencia y rehabilitación en lo
concerniente a cualquier tipo de adicciones que afecten la salud física y
mental de la población;
Que
la
intención del Centro es dar respuesta a las familias que atraviesan situaciones
relacionadas con cualquier tipo de adicción y que determinan deterioros en la
salud física y/o mental, ya sea del individuo o de su entorno;
Que además de un Centro de
atención, debe brindar a la comunidad contención suficiente para orientar a los
individuos o grupos familiares en referencia a las posibilidades de
tratamiento, acorde a cada situación particular;
Que
se
hace imprescindible dictar normas que contemplen finalidades y esquemas de
funcionamiento, sin perjuicio de las que corresponde a las cuestiones
sanitarias de la población, que serán llevadas adelante por el personal
profesional del Hospital Local;
Que
es
necesario hacer saber claramente a la comunidad los alcances del Centro y no
crear falsas expectativas al respecto;
Que por lo expuesto es
menester sancionar el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En
uso de sus facultades que le confiere la Ley N° 55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza
de:
O R D
E N A N Z A
Artículo
1°) ADÓPTESE
la denominación de “Centro de orientación familiar, tratamiento de adicciones y
salud mental” al núcleo de atención ubicado en la calle Colón, entre las calles
Belgrano y Almirante Brown.-
Artículo
2°) ESTABLECESE
que el Centro de Orientación, tendrá una Dirección que estará a cargo de un
profesional que dependa del Hospital Puerto Deseado, acorde a sus aptitudes
profesionales, seleccionados por el Director Nosocomio local.-
Artículo
3º) EL
grupo de profesionales que desarrolle sus actividades en el Centro de
Orientación, dependerá del Hospital de Puerto Deseado y constará
específicamente de Profesionales de la Salud que atenderán en esas
dependencias, acorde a las necesidades y esquemas que establezca la Dirección
del Centro.-
Artículo
4º) EL
Municipio Local aportará los agentes para garantizar las condiciones de
funcionamiento del edificio, a saber maestranza, mantenimiento y personas
idóneas para el dictado de talleres, quienes serán evaluados por la Dirección
del Centro, a fin de garantizar que los recursos humanos destinados tengan
aptitudes personales para el desempeño adecuado de sus tareas dentro de las
dependencias.-
Artículo 5º)
EL
personal municipal seleccionado deberá pertenecer a la Planta Permanente
del Municipio local y ser destinado para cumplir funciones exclusivamente en el
Centro de Orientación. Para el caso de dictado de Talleres, serán incluidos en
designación por horas cátedras mientras dure el taller dictado. Los agentes
designados no serán considerados adscriptos y se les mantendrá el régimen
estatutario vigente, con la sola finalidad de garantizar la continuidad de los
derechos laborales.-
Artículo 6º) LOS principios que rigen el funcionamiento del Centro de Orientación, se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.-
Artículo 7º) COMUNIQUESE al Poder
Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios Regístrese y cumplido Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de
Puerto Deseado, a los Diez días del mes de mayo del año Dos mil dieciocho.-
O R D E N A N Z A Nº 6897-HCD-2018.-
Firmantes: Juan Raúl Martinez - Constanza Patek Cittanti
Centro de Orientación Familiar
Tratamiento De Adicciones y Salud
Mental Puerto Deseado
1-
FINALIDADES:
·
Orientar
a la comunidad en las posibles acciones a llevar adelante en referencia a las
Patologías de Consumo y Salud Mental a través de: detección, tratamiento,
asistencia y rehabilitación.
·
Promover
conductas saludables con el objeto de reducir los daños que producen estas
patologías, ya sea en la salud física como en la salud mental.
·
Proporcionar
apoyo social y asistencia a las familias de las personas con dependencia,
mediante intervenciones terapéuticas y rehabilitadoras.
·
Favorecer
la institucionalización de las personas y/o grupos familiares agilizando su
atención.
·
Acompañar
y asesorar al individuo o grupo familiar, en lo concerniente al tratamiento más
adecuado aplicable a la patología detectada.
·
Establecer
vías de comunicación con otros organismos, a fin de facilitar el acceso al
tratamiento recomendado a cada individuo o grupo familiar, cuyo nivel de
complejidad no puede desarrollarse en el Centro.
·
Articular
un sistema de atención y tratamiento con la modalidad de consultorios externos,
para aquellos individuos o grupos familiares, cuya patología permita el
tratamiento ambulatorio y la permanencia en su medio social habitual.
·
Generar
espacios para el desarrollo y funcionamiento de Grupos Institucionales de Ayuda
o Autoayuda.
·
Desarrollar
programas de prevención en adicciones y articular las acciones para llevar
adelante los mismos a través de distintas instituciones escolares y/o O.N.G.
2. – PROCEDIMIENTOS:
Ø
ADMISION:
Ø Orientación
de la visita.
Ø Determinación
de una primera entrevista con profesionales del centro a fin de recomendar al
individuo o grupo familiar el tratamiento más adecuado a la patología
detectada.
Ø Diagnosticado
el caso, inicio de tratamiento en el Centro u Hospital local, estableciendo
turnos y profesionales actuantes y/o gestión para atención en otro organismo.
Ø TRATAMIENTO
Ø Evaluado
el caso, se determina el abordaje terapéutico según el diagnostico.
Ø Acompañamiento
del paciente y del grupo familiar en el desarrollo del abordaje terapéutico.
Ø Acompañamiento
en la gestión para atención del paciente o grupo familiar en otro organismo.
Ø
REINSERCIÓN Y SEGUIMIENTO
Ø
Establecer
sistemas des seguimiento una vez formalizado el abordaje terapéutico, a través
de consultas periódicas y/o grupos Institucionales de Ayuda o Autoayuda.
Ø
Se
desarrollaran sistemas de integración social y de interconsultas.
Ø
PROGRAMA DE
INTERVENCIÓN
Ø
Desarrollar
programas de intervención socios-comunitarias acorde a parámetros que
involucren:
° Intervenciones
Preventivas.
° Intervenciones
Terapéuticas.
° Intervenciones con
los Grupo Familiares.
° Intervenciones
Ambientales.
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:
El horario de
atención será corrido de 08:00 hs, a
20:00 horas en días hábiles, con posibilidad de acceder para las distintas
actividades propuestas los fines de semana y días festivos.
Se favorecerán las
atenciones sociales, individuales, grupales y comunicativas, en el marco de
animación socio cultural y familiar
Comentarios
Publicar un comentario