Ordenanza 6889-HCD-2018 - CRÉASE CONSEJO MUNICIPAL DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SEGURIDAD PÚBLICA
VISTO:
LA necesidad de contar con un espacio de consulta y
asesoramiento en cuanto a los problemas de inseguridad y de otra índole que
atraviesan a nuestra comunidad, y;
CONSIDERANDO:
Que se han mantenido reuniones con referentes de las
fuerzas de seguridad salud, justicia, autoridades municipales y ediles;
Que los temas han sido variados, todos haciendo
referencia a diversas problemáticas sociales;
Que debemos armar criterios exponiendo en mesas de
trabajo los pasos a seguir;
Que es importante llegar a cada rincón de la sociedad
para permitir a los vecinos acercar sus inquietudes;
Que las realidades emergentes, traen consigo nuevos y
complejos problemas, como la violencia y la criminalidad;
Que entender y enfrentar adecuadamente un problema de
la magnitud de la seguridad ciudadana requiere de los mejores y mayores
esfuerzos estatales;
Que la seguridad ciudadana, acarrea importantes costos
en la forma en que las personas se relacionan entre si y se organizan como
sociedad;
Que la prevención debe ser instalada en forma temprana
en espacios como la familia, la escuela y la comunidad;
Que la seguridad pública es deber y obligación del
estado, fortaleciendo el derecho, la integridad y seguridad de las personas;
Que la violencia y la delincuencia afectan
negativamente el desarrollo social, económico y político de nuestra sociedad;
Que la Provincia de Santa Cruz, en la Ley N° 3523,
sobre Seguridad Pública, Capítulo VI, Artículo 15º) y Artículo 16º) hace
mención de la participación ciudadana;
POR
ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de las
facultades que le confiere la Ley N° 55 y concordantes de la Provincia de Santa
Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo
1°) CREASE
el Consejo Municipal de Consulta Participación Ciudadana en Seguridad
Pública de la Ciudad de Puerto Deseado, como órgano permanente de consulta y
asesoramiento.-
Artículo
2°) EL mismo será ente de consulta y
asesoramiento del Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, en materia
de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito.-
Artículo
3°) SERAN funciones y atribuciones
del Consejo:
a)
Proponer
políticas, acciones e instrumentos.
b)
Relevar
y evaluar infraestructuras urbanas vinculadas a la seguridad de las personas y
desempeño de areas municipales relacionadas con protección del vecino,
procurando un entorno de seguridad.
c)
Confeccionar
mapa del delito en el ejido urbano y alrededores.
d)
Recabar
informes y requerir opinión de instituciones y expertos en la materia a tratar.
e)
Recepcionar
inquietudes de vecinos y organismos no gubernamentales, civiles y vinculados a
diversos espacios vecinales, a fin de evacuar dudas y aplicación del código
municipal de faltas.
f)
Promover
foros de seguridad ciudadana en ámbitos barriales, escuelas y todo aquel
espacio que los solicite.
g)
Promover
actividades de divulgación y concientización a fin de crear cultura ciudadana
en materia de prevención de delitos.
Artículo
4°) EL Consejo Municipal de Consulta
y Participación Ciudadana en Seguridad Pública se conformará de la siguiente
manera:
a)
Presidido
por el coordinador Ejecutivo designado por el Intendente Municipal.
b)
Concejales.
c)
Representantes
de la Justicia de Faltas.
d)
Funcionario
policial de alta graduación.
e)
Asesor
Legal.
f)
Representante
Secretaria de Bienestar Social.
g)
Representante
de Juntas Vecinales.
h)
Organismos
no gubernamentales y organismos públicos que acepten la invitación a
participar.
Los
cargos serán ad honorem y tendrán vigencia de un año.
Artículo
5°) EL Consejo Municipal de Consulta
y participación Ciudadana en Seguridad Pública realizara su propio reglamento,
se reunirá al menos una vez al mes y labraran sus actas.-
Artículo
6°) EL
Departamento Ejecutivo Municipal proveerá los medios necesarios para el
funcionamiento del Consejo Municipal de Consulta y Participación Ciudadana en
Seguridad Pública.-
Artículo
7°) COMUNIQUESE
al Poder Ejecutivo Municipal, a los
Bloques Partidarios. Regístrese y cumplido Archívese. Dada en la Sala de
Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Deseado, a
los Doce días del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho.-
O R D E N A N Z A Nº 6889-HCD-2018.-
Firmantes: Juan Raúl Martinez - Constanza Patek Cittanti
Comentarios
Publicar un comentario