Ordenanza 6840-HCD-2017 - GRATUIDAD NATATORIO PARA ABANDERADOS Y ESCOLTAS PRIMARIA Y SECUNDARIA DE PUERTO DESEADO Y TELLIER

 En uso de las facultades que le confiere la Ley 55 y concordante de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°) OTORGAR a los abanderados y escoltas entrantes de las Escuelas Primarias y Secundarias de la localidad de Puerto Deseado y Primaria y Secundaria de la Escuela Rural N° 51 de Tellier, el beneficio de asistir sin costo a pileta escuela o pileta libre durante un año calendario en el Natatorio Municipal del Complejo Miguel Ángel JUANOLA. 

 

Artículo 2º) LA Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Recreación y Deportes dependiente de la Municipalidad de Puerto Deseado.

 

Artículo 3º) LA Subsecretaría de Deportes será la encargada de:

 

·      Recepcionar el listado de alumnos de cada Escuela (detallando nombre y apellido)

·      Solicitar los requisitos correspondientes para el uso del Natatorio.

·      Otorgar Carnet especial para el uso de pileta. En donde figure Nombre, Apellido y vencimiento de dicho beneficio.

 

Artículos 4º) LA presente será válida a partir del ciclo Lectivo 2018.

 

Artículo 5º) INFORMAR a las Escuelas que debe elevar el listado de Alumnos con Nombre y Apellido a la Secretaría de Gobierno.

 

Artículo 6º) REMITIR copia al Subsecretario de Recreación y Deportes Carlos FUENZALIDA, al Direcor de Deportes Lucio Fernando GONZALEZ, a las Direcciones de todas las Instituciones Escolares Primarias y Secundarias de la localidad de Puerto Deseado y a la Escuela Primaria y Secundaria Provincial Rural N°51 de Tellier.

 

Artículo 7º) COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese. Dese a Publicidad y cumplido Archívese. Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Puerto Deseado, a los veintitrés días del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete.-

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