Ordenanza 6840-HCD-2017 - GRATUIDAD NATATORIO PARA ABANDERADOS Y ESCOLTAS PRIMARIA Y SECUNDARIA DE PUERTO DESEADO Y TELLIER
En uso de las facultades que le confiere la Ley 55 y concordante de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E
N A N Z A
Artículo
1°) OTORGAR a los abanderados y escoltas
entrantes de las Escuelas Primarias y Secundarias de la localidad de Puerto
Deseado y Primaria y Secundaria de la Escuela Rural N° 51 de Tellier, el
beneficio de asistir sin costo a pileta escuela o pileta libre durante un año
calendario en el Natatorio Municipal del Complejo Miguel Ángel JUANOLA.
Artículo 2º) LA
Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría
de Recreación y Deportes dependiente de la Municipalidad de Puerto Deseado.
Artículo 3º) LA
Subsecretaría de Deportes será la encargada de:
·
Recepcionar
el listado de alumnos de cada Escuela (detallando nombre y apellido)
·
Solicitar
los requisitos correspondientes para el uso del Natatorio.
·
Otorgar
Carnet especial para el uso de pileta. En donde figure Nombre, Apellido y
vencimiento de dicho beneficio.
Artículos 4º) LA
presente será válida a partir del ciclo Lectivo 2018.
Artículo 5º) INFORMAR
a las Escuelas que debe elevar el listado de Alumnos con Nombre y Apellido a la
Secretaría de Gobierno.
Artículo 6º) REMITIR copia al Subsecretario de Recreación y
Deportes Carlos FUENZALIDA, al Direcor de Deportes Lucio Fernando GONZALEZ, a
las Direcciones de todas las Instituciones Escolares Primarias y Secundarias de
la localidad de Puerto Deseado y a la Escuela Primaria y Secundaria Provincial
Rural N°51 de Tellier.
Artículo 7º) COMUNIQUESE
al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese. Dese a
Publicidad y cumplido Archívese. Dada en la sala de Sesiones del Honorable
Concejo Deliberante de Puerto Deseado, a los veintitrés días del mes de
noviembre del año Dos Mil Diecisiete.-
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