Ordenanza 4207-HCD-2004 - REGISTRO MUNICIPAL DE PROFESIONALES

 En uso de las facultades que le confiere la Ley N°55 y concordantes de la provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°) DERÓGANSE las Ordenanzas N° 1521-HCD-93 y N° 2545-HCD-96.

Artículo 2°) DÉJENSE sin efecto los rubros referidos a los Profesionales Universitarios liberales que estén contemplados en el Anexo III de la Ordenanza Tarifaria 2004, específicamente: Centro Médico, Consultorio de Enfermería, Consultorio de Kinesiología, Consultorio Odontológico, Consultorio Psicológico, Escribanía, Estudio contable, Estudio Jurídico, Laboratorio Bioquímico, Laboratorio Radiológicio y Veterinaria, exceptuándose cualquier caso en que ademas del ejercicio de la profesión se realicen actos de comercio afines o no.

Artículo 3°)  CRÉASE el Registro Municipal de Profesionales (RMP) en el cual deberán inscribirse todos aquellos profesionales que quieran ejercer en el ámbito de Puerto Deseado, cuyo funcionamiento se reglamentará a través del Poder Ejecutivo Municipal.

Artículo 4°) CRÉASE el Registro Municipal de Prácticas No Profesionales (RMPNP) relacionadas con el ámbito de la salud y la medicina alternativa, cuyo funcionamiento se reglamentará a través del Ejecutivo Municipal.

Artículo 5°) COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a los Bloques Partidarios. Regístrese, Dese publicidad y cumplido archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Deseado, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro.


Firmantes: Jose Marcelo Marsicano - Oscar Alberto Perez

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